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Pólizas para transporte publico

Este tipo de seguro indemniza los perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales que cause el Asegurado con motivo de la Responsabilidad Civil Contractual, originada en un hecho accidental o súbito que haya causado daños a pasajeros en sus bienes o personas, y sean consecuencia directa del uso del “VEHICULO” asegurado.

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¿Cuáles son las coberturas de estas pólizas de transporte publico?

Cubre los prejuicios patrimoniales y extra patrimoniales que, de acuerdo con la ley y por razón de la responsabilidad civil contractual y extracontractual que:

– Cause el asegurado en el desarrollo del transporte terrestre automotor de pasajeros a consecuencia de un hecho accidental, súbito e imprevisto con el vehículo asegurado.

– Que ocasione la muerte o incapacidad (incluyendo gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios) a pasajeros.

– Daños a bienes y/o lesiones y/o la muerte a uno, dos o más terceros no transportados.